El
desarrollo de los avances tecnológicos ha generado alternativas para asistir en
la evaluación y tratamiento de distintos trastornos psicológicos. En este
sentido, emerge el término telepsicología, que pertenece al campo de la
telesalud, y que se refiere a la provisión de servicios de salud a distancia
(Standing Committee of Family and Community Affairs, 1997), mediante el uso de
tecnología de videoconferencia, teléfono, radio, televisión e internet para
poner en contacto a los participantes con profesionales de la salud mental (López,
et al., 2014).
Una
de las tecnologías más usadas para acceder a los programas de telepsicología es
internet. En los últimos años se observa el rápido aumento en el número de
lugares que proporcionan apoyo profesional y programas específicos de
autoayuda, así como psicoterapias en línea (Cárdenas, Flores & De la Rosa,
2012) que favorecen el acceso a estos programas sin importar distancias o
barreras sociales (López, et al., 2014).
La
telepsicología tiene sus raíces en los cambios tecnológicos que permiten el
acceso a poblaciones plurales. Sin embargo, no todos los países han llegado a
alcanzar esta modalidad asistencial, ya que es necesario que al mismo tiempo se
produzca un grado de desarrollo tecnológico suficiente. La mayor preocupación
de los terapeutas de las nuevas tecnologías es crear una buena alianza
terapéutica. El estudio de Rees
y Stone (2005) refleja que no hay diferencias significativas entre la
alianza terapéutica desarrollada en terapia presencial y la obtenida en
teleterapia, especialmente en la modalidad de videoconferencia (González, et
al., 2017).
Frente
a estas circunstancias, se busca que el profesional presente competencias aptas
y eficaces para el uso de las mismas, Solano en su investigación menciona: existen
dos tipos básicos de saberes (Pozo, 1996): Un conocimiento de tipo declarativo
que está relacionado con el saber acerca de la realidad y de las cosas y otro
tipo de conocimiento procedimental, vinculado con el hacer y con el ejercicio
de destrezas y habilidades para resolver determinados problemas. El ejercicio
de una profesión requiere la integración de ambos tipos de conocimiento. Ante
la necesidad de contratar una persona para un determinado puesto de trabajo, el
empleador exige que el candidato sepa resolver con cierta pericia las tareas
inherentes al puesto en cuestión (Solano, 2004).
Los
profesionales de la psicología que proporcionan servicios de telepsicología –al
igual que los que prestan sus servicios presencialmente– deberán adoptar las
medidas necesarias para garantizar su competencia: formación, experiencia
supervisada, estudio y experiencia profesional, así como el conocimiento y
experiencia requeridos para una práctica competente en el manejo de riesgos. Los
profesionales de la psicología deberán estar preparados para situaciones de
emergencias. Deberán conocer la forma de acceso a los servicios de emergencias
pertinentes correspondientes a la zona local del paciente/cliente, como por
ejemplo: teléfonos de contacto, de emergencias, de servicios sociales, así como
el acceso a una persona de apoyo para el paciente/cliente (American
Psychological Association, 2013).
Dada
la facilidad con la que esta modalidad de servicio puede poner en contacto al
profesional con clientes de diferente cultura, ubicación geográfica, características
socioeconómicas, lengua y entorno, el profesional ha de entender la forma en la
que estas variables pueden intervenir en la prestación de servicios y
consecuentemente valorar su competencia según el caso. El psicólogo determinará
en cada caso si tienen competencias profesionales e información suficientes
para intervenir con cada paciente en función de la edad, residencia y leyes
aplicables en el lugar de residencia del paciente. Deberá tener la suficiente
formación o conocimientos específicos, conocer las limitaciones y
características ventajosas de la práctica de la telepsicología. Se mantendrá al
día en los avances en la utilización de esta metodología consultando la
literatura, investigaciones y estudios al respecto. Actualización de conocimientos
(Copmadrid.org, 2020).
El
profesional obtendrá un consentimiento informado del cliente antes de iniciar
la terapia. En dicho consentimiento debe figurar la información preceptiva
exigida, y además de esta se recomienda incluir los siguientes aspectos: - Confidencialidad
de la información intercambiada y límites de la responsabilidad del profesional
en la custodia y protección de dicha información. - Medios técnicos a emplear
con requerimientos mínimos (velocidad de la conexión, software y dispositivos,
auriculares, micrófono, etc.) que aseguren la calidad de la comunicación. -
Tarifas del servicio, formas y medios de pago, así como posibles reducciones en
caso de sesiones con cortes o interrupciones en las comunicaciones. - Protocolo
de contingencias en el caso de caídas o deterioro de la comunicación por los
medios habituales (Copmadrid.org, 2020).
En
conclusión, es pertinente que antes el profesional se evalúe a sí mismo y se
prepare tanto académicamente con todos los medios de la tecnología como personalmente
si se encuentra en la capacidad de asistir por vía tecnológicas, se deben valorar si poseen las condiciones necesarias y
conocen suficientemente estas herramientas para realizar este servicio y al
mismo tiempo antes de comprometerse al empleo de estos medios, deben valorar si
esta modalidad es adecuada, eficaz y segura en cada paciente de manera
individual. Por tanto un punto importante al usar estos medios es que se
reconozca que se ejercerá la modalidad de asistencia a distancia a través de
medios tecnológicos cuando tenga una competencia acreditada para ejercer dicho
servicio en una modalidad presencial, siempre en pros de garantizar una intervención
adecuada para los usuarios, con métodos éticos y valores.
Bibliografía:
- American Psychological Association. (2013). Guía para la práctica de la TELEPSICOLOGÍA. Impreso en España. Julio 2017. American Psychologist, 68(9), 791-800. http://dx.doi.org/10.1037/a0035001]. Obtenido de: http://www.cop.es/pdf/telepsicologia2017.pdf.
- Cárdenas López, Georgina, & Botella Arbona, Cristina, & Quero Castellano, Soledad, & de la Rosa Gómez, Anabel, & Baños Rivera, Rosa María (2014). Programa de tele psicología para el tratamiento de la fobia a hablar en público en población mexicana. Psicología Iberoamericana, 22 (1), 45-54. [Fecha de Consulta 9 de Septiembre de 2020]. ISSN: 1405-0943. Disponible en: https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=1339/133944229006
- Colegio de Psicólogos de Madrid. (2020). Competencias del psicólogo para la prestación de servicios profesionales de TelePsicología. http://www.copmadrid.org/. Obtenido de: https://www.psicologiaclinica.co/wp-content/uploads/2020/03/Competencias-del-psico%CC%81logo-para-la-prestacio%CC%81n-de-servicios-profesionales-de-TelePsicologi%CC%81a.pdf
- González-Peña, Paloma, Torres, Ramón, Barrio, Victoria del, & Olmedo, Margarita. (2017). Uso de las nuevas tecnologías por parte de los psicólogos españoles y sus necesidades. Clínica y Salud, 28(2), 81-91. https://dx.doi.org/10.1016/j.clysa.2017.01.001
- Castro Solano, Alejandro (2004). Las competencias profesionales del psicologo y las necesidades de perfiles profesionales en los diferentes ambitos laborales. Interdisciplinaria, 21 (2), 117-152. [Fecha de Consulta 9 de Septiembre de 2020]. ISSN: 0325-8203. Disponible en: https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=180/18021201
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